Titulos Nauticos

Titulaciones náuticas de recreo

Si estás leyendo esto es que estás interesado en obtener un título náutico, quizá sea por amor al mar, por aprender algo nuevo o quizá por simple curiosidad. Vamos a tratar de explicar en qué consiste una titulación náutica en España, cómo podemos obtenerla y para qué nos sirve.

Las titulaciones náuticas de recreo habilitan a sus patrones a gobernar embarcaciones de recreo que no tengan fines comerciales. Actualmente, también podemos obtener una compensación económica trabajando con estas titulaciones, pero habría que seguir un par de pasos más que trataremos otro día.

Una embarcación de recreo es cualquier tipo de embarcación entre 2.5 y 24 metros proyectada y destinada para fines recreativos y deportivos y que no transporte más de 12 pasajeros. (Como curiosidad, si la eslora es mayor de 24 metros se les llama «buque de recreo» y si transporta más de 12 pasajeros se les llama «buque de pasaje» y se les aplicará una reglamentación más restringida)

Los títulos náuticos de recreo son emitidos por la Dirección General de la Marina Mercante o por aquellas Comunidades Autónomas que hayan asumido estas competencias.

El Real Decreto Decreto 875/2014, de 10 de octubre, regula las titulaciones y dependiendo del tipo de titulación a obtener habrá que superar una serie de requisitos.

Con la excepción de la Licencia de navegación, todas las titulaciones náuticas de recreo tienen que superar un examen teórico y realizar unas prácticas que se podrán sustituir por un examen práctico. Las prácticas sólo podrán ser realizadas en las escuelas náuticas que cumplan con los requisitos de la legislación vigente y emitirán un certificado de haber superado las mismas.

Con las prácticas realizadas y el examen aprobado ya se podrá solicitar la expedición del título, pagando las correspondientes tasas y superando un reconocimiento médico (similar a los de la obtención del carnet de conducir)

Además existen una serie de embarcaciones para las que no se necesitará titulación.

No se necesitará titulación para el gobierno de embarcaciones a motor con una potencia máxima de 11,26 kilovatios y hasta 5 metros de eslora, las de vela hasta 6 metros de eslora y los artefactos flotantes o de playa, a excepción de las motos náuticas, siempre que no se alejen más de 2 millas náuticas de un puerto, marina o lugar de abrigo y la actividad se realice en régimen de navegación diurna.

Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo

Los títulos náuticos de recreo que se pueden obtener en España son los siguientes: Licencia de Navegación, Patrón de Navegación Básica, Patrón de Embarcaciones de Recreo, Patrón de Yate y Capitán de Yate. Todas las titulaciones náuticas están habilitadas para el manejo de embarcaciones de motor, en el caso de querer navegar en una embarcación de vela habrá que realizar unas prácticas para obtener la habilitación correspondiente.

Un martes cualquiera haciendo prácticas de navegación

Vamos a hacer un resumen rápido de las titulaciones:

Licencia de Navegación (la antigua Licencia Federativa a la que siempre se la llamó «Titulín»)

Atribuciones:

  • Gobernar embarcaciones hasta 6 metros de eslora
  • Distancia máxima a la que podrás alejarte de la costa: 2 millas
  • Navegación siempre de día
  • Gobernar embarcaciones sin límite de potencia.
  • Capacidad de gobernar todas las motos acuáticas.

Requisitos:

  • Edad mínima 16 años.
  • Reconocimiento médico.

Examen:

  • Esta titulación no tiene examen, la teoría y la práctica se realizan a bordo de la embarcación y en 6 horas obtendrás tu título náutico.

Patrón de Navegación Básica (También llamado PNB)

Atribuciones:

  • Gobernar embarcaciones hasta 8 metros de eslora
  • Distancia máxima a la que podrás alejarte de la costa: 5 millas
  • Navegación diurna y nocturna
  • Gobernar embarcaciones sin límite de potencia.
  • Capacidad de gobernar todas las motos acuáticas.

Requisitos:

  • Edad mínima 16 años.
  • Reconocimiento médico.
  • Realizar prácticas de navegación y de radio comunicaciones.

Examen:

  • Consistirá en un examen tipo test de 27 preguntas donde hay que responder correctamente a 17 para conseguir el aprobado.

Prácticas:

  • 8 horas de prácticas de seguridad y navegación
  • 4 horas de radio comunicaciones en simulador

Patrón de Embarcaciones de Recreo (También llamado PER)

Atribuciones:

  • Gobernar embarcaciones hasta 15 metros de eslora
  • Distancia máxima a la que podrás alejarte de la costa: 12 millas
  • Navegación diurna y nocturna
  • Gobernar embarcaciones sin límite de potencia.
  • Capacidad de gobernar todas las motos acuáticas.
  • Navegar entre las islas del archipiélago Balear y entre las Islas Canarias.

Requisitos:

  • Edad mínima 18 años.
  • Reconocimiento médico.
  • Superar el examen
  • Realizar prácticas de navegación y de radio comunicaciones.
  • Para la obtención de esta titulación no es necesario haber obtenido anteriormente el título de Patrón de Navegación Básica, pudiendo entrar a examinarse directamente de esta titulación. Pero si se tiene la otra titulación, el día del examen sólo habrán de responderse las preguntas complementarias. En cambio sí se deberán realizarse las prácticas al completo.

Examen:

  • Consistirá en un examen tipo test de 45 preguntas.

Prácticas:

  • 16 horas de prácticas de seguridad y navegación
  • 12 horas de radio comunicaciones en simulador

Patrón de Yate

Atribuciones:

  • Gobernar embarcaciones hasta 24 metros de eslora
  • Distancia máxima a la que podrás alejarte de la costa: 150 millas
  • Navegación diurna y nocturna
  • Gobernar embarcaciones sin límite de potencia.
  • Capacidad de gobernar todas las motos acuáticas.

Requisitos:

  • Estar en posesión del título PER.
  • Reconocimiento médico.
  • Superar el examen
  • Realizar prácticas de navegación

Examen:

  • Consistirá en dos módulos que habrán de aprobarse por separado: módulo Genérico y módulo de Navegación.

Prácticas:

  • 48 horas de prácticas de seguridad y navegación

Capitán de Yate

Atribuciones:

  • Gobernar embarcaciones hasta 24 metros de eslora
  • Sin límite de distancia de la costa
  • Navegación diurna y nocturna
  • Gobernar embarcaciones sin límite de potencia.
  • Capacidad de gobernar todas las motos acuáticas.

Requisitos:

  • Estar en posesión del título de Patrón de Yate.
  • Reconocimiento médico.
  • Superar el examen
  • Realizar prácticas de navegación

Examen:

  • Consistirá en dos módulos que habrán de aprobarse por separado: módulo Genérico y módulo de Navegación.

Prácticas:

  • 48 horas de prácticas de seguridad y navegación

Desde la Escuela náutica Arriluze os ofrecemos la posibilidad de realizar todos los anteriores títulos con nosotros. 

Disponemos de instructores y embarcaciones propias con la capacidad de realizar todas las titulaciones náuticas de recreo que existen hasta la fecha.

Puedes contactar con nosotros si tienes cualquier duda. Estaremos encantados de ayudarte a obtener tu titulación.

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